Imprimir

Código de Procedimientos Penales Artículo 230 bis Estado de Puebla


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código de Procedimientos Penales Puebla
Artículo 230 bis.

La oficina de evaluación de riesgo y supervisión de imputados tendrá por objeto recopilar la información necesaria sobre la necesidad de cautela, con la finalidad de que las partes y el Juez cuenten con mayor información sobre los riesgos procesales que tiene el imputado de acuerdo a los estándares previstos en el artículo 228 de este Código.

Los servicios de esta oficina se regirán por los principios de imparcialidad, objetividad, subsidiariedad, confidencialidad y calidad. La información que recabe sólo podrá ser usada para decidir acerca de la necesidad de imponer medidas cautelares y no para demostrar la participación del imputado en el delito atribuido. Sólo cuando el imputado refiera información sobre un delito que está en curso y peligre la vida o la integridad de una persona, los servidores públicos de esta oficina quedarán liberados del deber de confidencialidad.



Estado de Puebla Artículo 230 bis Código de Procedimientos Penales
Artículo 1 ...229 230 230 bis 231 232 ...551

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse